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ENSAYO HISTÓRICO:LAS POBLACIONES BALLENERAS VASCAS EN EL CANADÁ (1380-1600) - Prof. Luis Lúquez Minaberrigaray

LA CAZA BALLENERA Y LOS TRIBUTOS A PAGAR Y LA RELACIÓN COMERCIAL CON LAS CORONAS

Debido al extraordinario auge que generaba la caza e industrialización de la ballena, a partir del siglo XIII comenzaron a dictarse diversas Ordenanzas con el objetivo de reglar de algún modo la relación comercial entre los puertos del Cantábrico y la Corona de Castilla, a saber:

AÑO 1220: Por decreto quedaba establecido que los cazadores de Getaria, durante su campaña habitual, debían reservar para la Corona, la primera ballena cazada.

AÑO 1237: El rey Fernando III estableció que los balleneros de Motrico entregaran anualmente una ballena entera a la Orden de Santiago.

AÑO 1240: En los puertos de Donostia fue regulado del derecho aduanero de las barbas de la ballena.

AÑO 1240: Los cazadores de ballenas de Zarauz quedaron comprendidos dentro del mismo derecho, pero extendido a la ballena toda.

AÑO 1381: El cabildo de Lequeito decretó que las lenguas de las ballenas deberían repartirse entre los administradores de muelles (dos lenguas para vender y reparar esos muelles) y otra lengua para la Iglesia de Santa María.

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LOS "SABIDORES DE LA MAR"

UNA CONCESIÓN DEL MONARCA CASTELLANO, ENRIQUE IV DE CASTILLA

Debido a los innumerables conflictos marítimos sin subsanar, donde las Compañías de Seguro habían ganado imprescindible, pero desmedido cuando la piratería cobrara botines exorbitantes para permitir las recuperación de las naves secuestradas, no así el cargamento transportado, el 30 de setiembre de 1461, el rey de Castilla, Enrique IV otorgó a la Hermandad de Gipuzkoa una prerrogativa o norma hasta allí inexistente. Se trataba de una suerte de "Privilegio Excepcional" al concederle una Juridicción Criminal Marítima que incluía sueldos a oblar por su Corona, para un "Alcalde de Mar" y un "Consejo de Seis Hombres Buenos" que la Historia registraría como "LOS SABIDORES DEL FUERO DE LA MAR" para que resolviesen por sí mismos todos los pleitos marítimos provocados por la caza de la ballena y la pesca del atún   y el bacalao en "mares del fin del mundo".

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 MÁS PRIVILEGIOS REALES PARA LEGALIZAR LA CAZA Y FAENAMIENTO DE LAS BALLENAS EN EL CANADÁ.

LOS CLANES FAMILIARES FORMARON COFRADÍAS EMPRESARIAS BALLENERAS.

Hacia el año 1550, tanto las Coronas española como inglesa, en las figuras de Isabel I y Jacobo I, otorgaron CÉDULA REAL para que "oriundos de Gipuzkoa, Bizkaia y Cantabria puedan acudir con sus "naos" a las pesquerías de Terranova y Labrador, siempre y cuando se atengan a Derecho y oblen los impuestos y regalías pertinentes" (sic). Todos estos privilegios forales y cédulas reales sobre prácticas marítimas, unidas a la más que lucrativa tradición ballenera consiguieron fundar y desarrollar empresas cuyos administradores tenían fuertes lazos familiares entre sí. Los socios de estas empresas concretaron uniones matrimoniales con miembros de otras familias del negocio marítimo para reforzar y unir asociaciones mercantiles. De tal modo fueron surgiendo clanes familiares que supieron extenderse hacia los intereses mercantiles como los:

 

ARRIOLA DE URANDAZI

MARTÍNEZ DE AMILIBIA

LÓPEZ DE ISASI

MARTÍNEZ DE ORBEA

ARBIDE

PÉREZ DE ETXANIZ

OTXOA DE IRARRAZABAL

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LA INTERVENCIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA EN LOS CONFLICTOS MARÍTIMOS.

Por nuestra parte y no conformes con toda la documentación recabada, analizamos detenidamente, no sólo ciertos contables pertenecientes a la Casa Gebara de los siglos XII y XIII, donde quedaban registradas las importaciones de carne y aceite de ballenas adquiridas a "marinos del condado de baiona", sino que incluso, hemos tenido acceso a una recomendación escrita del Obispo de Pamplona, Guillermo de Santogne, en el año 1217, dirigida a su par de Baiona, el Hermano Jean de Navarra, para que intercediera entre las tirantes relaciones mantenidas por "cazadores bizkaynos" con los "pescadores baioneses", a raíz de las actividades de caza y pesca mantenidas en "mares lejanos" (3).

(3)-El hecho cierto que gran cantidad de documentación cotejada hablase de mares lejanos, sin ningún tipo de precisiones, nos dice a las claras que evidentemente, lejos estaban, incluso quienes escribieron en su momento los artículos referidos, de saber hacia dónde iban y desde qué lugar regresaban los navíos.

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